Portada1
Generales: Monotributo: Cómo quedaron las nuevas modificaciones en las categorías
25/07/2024 | 36 visitas
Imagen Noticia
Hacé clic y leé la nota completa
El Gobierno oficializó este miércoles las modificaciones que se introdujeron en el monotributo con la sanción de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, mediante el Decreto 661/2024 publicado en el Boletín Oficial. La normativa precisó que a partir del 2025 la AFIP actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, detallando que “los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive”. Asimismo, aclaró que cuando de la proyección anual “surja que el sujeto queda excluido del régimen, por haberse superado los límites máximos aplicables, el pequeño contribuyente permanecerá dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), debiendo encuadrarse -hasta la próxima recategorización semestral-, en la Categoría K”. El texto oficial también explicó que las personas que hayan renunciado, pero continúan con su actividad podrán volver a adherir al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) en cualquier momento, en la medida en que cumplan con ciertas condiciones exigidas, en la categoría que les corresponda. Con la reglamentación de los cambios quedan vigentes los aumentos en los montos de facturación, que según la categoría suben del 201% al %301; en el precio unitario de venta, que para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías; y en los alquileres devengados anuales, que aumentan del 211% al 309%. Al puntualizar sobre los beneficios que conlleva esta medida para los monotributistas, desde el Ministerio de Economía remarcaron que “el máximo actualmente pasa a ser de $68 millones”, cuando “anteriormente los máximos eran de $17 millones en ventas de cosas muebles y $13,3 millones en servicios”, lo que “implica para los prestadores de servicios un incremento en el límite de facturación de 470%”. Al mismo tiempo, destacaron que “se unifican las escalas para venta de cosas muebles y las correspondientes a locación y prestación de servicios”, precisando que “de esta manera, los profesionales independientes o quienes desarrollan diferentes oficios, ahora pueden facturar en niveles que antes solo se permitía a quienes se dedicaban al comercio”. Además de las subas en los montos de facturación, también se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. Para el caso de la cuota impositiva la suba va entre el 278% y 510%, para la cuota de seguridad social entre el 212% y 343% y para la cuota de obra social entre 212% y 214%. Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto. Al respecto, se debe tener en cuenta que la AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto. Así quedan las escalas de facturación anual completa: Categoría A: pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%) Categoría B: pasará de $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%) Categoría C: pasará $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%) Categoría D: pasará de $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%) Categoría E: pasará de $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%) Categoría F: pasará de $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%) Categoría G: pasará de $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%) Categoría H: pasará de $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%) Categoría I: pasará de $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%) Categoría J: pasará de $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%) Categoría K: pasará de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%) INFO EL CRONISTA CR
Compartir
Compartir
Ir a Inicio
galería de fotos (0)
galería de videos (0)
galería de audios (0)
comentarios de la gente
Nombre:
Comentario:
Ingrese la suma de 3 + 12:
IMPORTANTE!: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores, sobre quienes pueden recaer las sanciones legales que correspondan. Además, en este espacio se representa la opinión de los usuarios y no de los propietarios de este portal y http://www.radionewscr.com.ar/web/. Los textos que violen las normas establecidas para este sitio serían eliminados, tanto a partir de una denuncia de abuso por parte de los lectores como por decisión del editor.
Enviar comentario
Todavía no hay comentarios. Escriba el suyo.
noticias similares sobre generales
Imagen Noticia
Rada Tilly presenta Respira
Hacé clic y leé la nota completa
» Leer más...
Publicidades
Facebook
programación. ahora en vivo:
No hay programa en vivo.
Escuchanos en vivo
Mensajero
Nombre:
Comentario:
Ingrese la suma de 4 + 5:
IMPORTANTE!: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores, sobre quienes pueden recaer las sanciones legales que correspondan. Además, en este espacio se representa la opinión de los usuarios y no de los propietarios de este portal y http://www.radionewscr.com.ar/web/.
Enviar mensaje
clima
Weather by Freemeteo.com
empresas y servicios
PublicidadesPublicidades
cotizaciones
seguinos en facebook
Secciones de la web
Categorías de noticias
  • Deportes
  • Economía
  • Espectáculos
  • Generales
  • La Nación
  • Mundo
  • Perfil.com
  • Política
  • Sociedad
  • Para contactarse con nosotros
    Radio News 98.3 Mhz

    Facebook: RADIO News 98.3
    Teléfono Directo: 0297 4472966
    Sms y Whatsapp: 0297 154127237
    Email: radionews@hotmail.com.ar

    Comodoro Rivadavia - Chubut - Argentina - Zona Norte
    Mapa
    Comercializado por VeemeSoft
    Sombra